Antecedentes de la nueva normativa
Rápidos, cómodos y sostenibles. Con estas características, ¿cómo no iban a convertirse los patinetes eléctricos en un transporte tan popular? Desde aproximadamente el año 2020, las calles de las grandes ciudades se han visto cada vez más llenas de vehículos de movilidad personal. 🌆
Debido a este auge, los patinetes eléctricos han estado en el centro de varias normativas en España. En un principio, se introdujeron regulaciones básicas sobre dónde y cómo podían circular estos vehículos, se establecieron límites de velocidad y se prohibió su uso en aceras y zonas peatonales.
Con el tiempo, las leyes se fueron adaptando para incluir requisitos de registro y medidas de seguridad adicionales, como el uso de casco y luces obligatorias.
En el caso de los seguros, hasta 2024 solo 9 ciudades españolas (Valencia, Barcelona, Benidorm, Mahón, Palencia, Pozuelo de Alarcón, Majadahonda, Zaragoza y Córdoba) obligaban a contratar el seguro de responsabilidad civil de los patinetes eléctricos.
Pero en 2025 la cosa ha cambiado, y el seguro ha pasado a ser obligatorio en todo el territorio de España, tras la aprobación de una nueva normativa.
¿Cuándo entra en vigor el seguro del patinete?
La nueva Ley 5/2025, de 24 de julio ya se ha publicado en el BOE el pasado 25 de julio de 2025, aunque entrará plenamente en vigor el 2 de enero de 2026.
📝 En España se estima que hay cerca de 5 millones de patinetes eléctricos, y con esta nueva ley todos los propietarios deberán contratar, como mínimo, un seguro obligatorio de responsabilidad civil. Si actualmente resides fuera de las ciudades que ya lo exigen, tendrás hasta enero de 2026 para contratar el seguro sin sanciones.
Conoce las implicaciones de la nueva normativa
El Gobierno español ha aprobado la Ley 5/2025, de 24 de julio, que adapta la legislación nacional a la Directiva (UE) 2021/2118 en materia de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Se publicó en el BOE el 25 de julio de 2025 y entró en vigor el 26 de julio de 2025. A partir de entonces, se empezarán a aplicar todos los nuevos requisitos de esta legislación. ¡Vamos a conocer los más importantes!
➡️ Nueva definición de “vehículo a motor”
La normativa amplía la definición de vehículo a motor para incluir a los vehículos personales ligeros (VPL) como los patinetes eléctricos, segways y hoverboards.
Se considerarán incluidos:
- Vehículos que alcancen 6–25 km/h si pesan menos de 25 kg.
- Vehículos de 6–14 km/h si superan los 25 kg.
También se amplía el concepto de hecho de la circulación: ahora incluye cualquier uso del vehículo conforme a su función habitual de transporte, tanto en movimiento como parado, y en cualquier terreno.
➡️ Seguro obligatorio de responsabilidad civil
Todos los VPL, es decir, los patinetes eléctricos, deberán contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra:
- Hasta 6.450.000 € por daños personales a terceros.
- Hasta 1.300.000 € por daños materiales.
⚠️ No cubre al conductor, solo a los terceros afectados.
Periodo transitorio
¿Qué pasa desde el 25 de julio hasta el 1 de enero de 2026?
Se otorga un plazo de seis meses para contratar el seguro obligatorio de responsabilidad civil. Hasta entonces, si los conductores de estos vehículos ligeros tienen un siniestro accidente será el Consorcio de Compensación de Seguros quién cubrirá las indemnizaciones, aunque es posible que el consorcio luego reclame el pago al conductor responsable.
Pero atención, a partir del 2 de enero de 2026 será obligatorio contar con este seguro ⚠️.
➡️ Indemnizaciones mejoradas para las víctimas
La nueva ley también mejora las compensaciones a víctimas de accidentes:
- Actualización de importes conforme al IPC.
- Ampliación de los supuestos indemnizables.
- Peritajes gratuitos y asistencia psicológica a familiares en casos especialmente graves.
- Refuerzo de la vía extrajudicial para agilizar pagos.
➡️ Registro obligatorio antes de 2026
El Gobierno creará un registro público de vehículos personales ligeros, gestionado por la DGT.
Todos los patinetes deberán registrarse antes del 2 de enero de 2026. Aunque no se exigirá una matrícula visible, sí habrá una identificación oficial vinculada al propietario.
Toda la información sobre el registro y matriculas aún no se ha publicado oficialmente, se espera conocer cómo funcionará en los próximos meses. ¡Te informaremos cuando esto suceda!
¿Qué precio tiene un seguro de patinete eléctrico?
Los precios de las pólizas varían entre los 20 y 50 euros al año y ofrecen la cobertura obligatoria y básica accesible para los propietarios. Muchas compañías de seguros, como Cleverea, ofrecemos paquetes específicos de coberturas para patinetes eléctricos, ajustándonos a las necesidades de cada persona.
Al igual que ocurre con los coches y las motos, el seguro mínimo obligatorio cubre la responsabilidad civil, es decir, los daños materiales y personales que se pueden causar a un tercero en caso de accidente. Pero en Cleverea puedes añadir coberturas como robo y daños para circular tranquilo y tenerlo todo cubierto.
La puesta en marcha de un seguro obligatorio para patinetes eléctricos en España marca un paso importante hacia la regulación y seguridad de este medio de transporte. Esta medida no solo protege a los conductores, sino también a los peatones y otros vehículos, asegurando que cualquier incidente esté cubierto por un seguro adecuado.
Si quieres ir por delante de la ley y garantizar tu seguridad y tranquilidad en todos tus trayectos, consulta las opciones disponibles y valora qué seguro de patinete eléctrico se adapta mejor a ti desde ahora. 💪🏼
*Fuente de información actualizada al 11/08/2025






