Raquel Sancho
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Patinete
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Patinete
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¿Cuál es la normativa de patinetes eléctricos en España?

Raquel Sancho
1/8/2022

Toca rendirse a la evidencia de que una nueva forma de movernos ha hecho suya la ciudad. Sí, los patinetes eléctricos o vehículos de movilidad personal (MVP) han irrumpido en nuestras calles y cada vez más personas se suman a la moda de subirse a uno de ellos.

Los patinetes eléctricos son un transporte cómodo, rápido y sostenible. Pero seguro que alguna vez te has preguntado cuál es la normativa de los patinetes eléctricos en España. En este artículo nos hemos propuesto poner los puntos sobre las íes y cuando hayas concluido su lectura, serás un experto en la materia (o casi) y no habrá pregunta que se te resista. 

Reglamento de circulación de patinete eléctrico

Desde 2020 se acabó eso de circular sin ley. Hasta entonces no existía normativa específica para patinetes, aunque sí muchas ordenanzas municipales que trataron de salir al paso de un problema emergente entre los urbanitas: las personas que circulaban en patinete por la vía pública y que incluso provocaban accidentes al chocar con los viandantes.

Sin embargo, como decíamos, no fue hasta hace escasos dos años cuando el Gobierno se puso manos a la obra.  Desde entonces contamos con el Real Decreto 970/2020 que entró en vigor el 2 de enero de 2021.

Es posible que sufras un fuerte ataque de pereza lectora y no te apetezca leer de cabo a rabo dicho texto. No sufras. Hemos preparado un resumen de las principales características de la normativa. Aprenderlas será coser y cantar, y te resultará sencillo ponerlas en práctica cuando circules con tu patinete. 

Chico con movil y patinete electrico
Conduciendo un patinete eléctrico, auriculares fuera si no quieres llevarte una multa

Normas que debes conocer al circular con tu patinete eléctrico:

  • Prohibido transitar por las aceras. Tampoco podrás hacerlo por zonas peatonales, pasos de travesías, autovías, autopistas, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Seguro que ha quedado cristalino el asunto, ¿verdad?
  • El patinete no puede superar una determinada velocidad. En concreto, no ha de exceder de los 25 km/h. Si superan esta velocidad, recibirán la consideración de vehículos a motor y son aplicables otras normas. Por ejemplo, deberá contar con una matrícula.
  • Se precisa un certificado de circulación que estará disponible en código QR. Este documento es básico para acreditar que el patinete eléctrico cumple con los requisitos mínimos que exige la ley. En definitiva, que cuenta con homologación. El fabricante del aparato deberá gestionarlo ante la DGT. No obstante, dicho requisito no será exigible hasta enero de 2024.
  • Todavía no es obligatorio tener un seguro de responsabilidad civil. Sin embargo, siempre es recomendable curarse en salud y contratar uno para protegerte a tí, tu vehículo y, sobre todo, a cualquiera que puedas causar daños. Un atropello, una rayadura a un coche, son muchos los riesgos. La mayoría de seguros de patinete eléctrico incluyen la cobertura de responsabilidad civil. Fíjate en ello cuando estés eligiendo uno.
  • Nada de alcohol. Al igual que sucede con cualquier vehículo a motor, está terminantemente prohibido beber. En caso de dar positivo en un test de alcoholemia nos exponemos a una multa de entre 500 y 1.000 euros.
  • El uso del móvil y de auriculares mientras montamos en patinete es una conducta sancionable que puede alcanzar hasta los 200 euros.
  • Debe constar de iluminación tanto trasera como delantera. Otro plus que exige la ley es la presencia de elementos catadióptricos laterales, frontales y traseros.
  • ¡No olvides el casco! Es obligatorio en todo el territorio nacional, y además muy recomendable. Cualquier golpe en la cabeza, por despacio que se esté circulando, puede resultar muy dañino.
  • Solo una persona en patinete. No conviene olvidar este detalle, pues pasear en compañía puede hacer que nos ganemos una multa de 100 euros.

¿Con qué edad se puede conducir legalmente un patinete eléctrico?

Los patinetes pueden ser conducidos por personas que hayan cumplido al menos los 15 o los 16 años, todo dependerá de la localidad por la que circulen. En caso de que se produzca alguna infracción, dado que se trata de menores de edad, serán los padres o tutores legales los que asuman la responsabilidad.

Chico con patinete electrico paseando por un espacio cerrado
La edad mínima para conducir un patinete eléctrico, normalmente, es a partir de los 16 años.

No obstante, lo expuesto precisa matizaciones porque cada Ayuntamiento es soberano y puede aprobar sus propias ordenanzas al respecto y, en definitiva, cambiar ciertos detalles o ampliar algunos aspectos que dicho Real Decreto pasa por alto.

Así que no queda otra que dirigirte a tu municipio para informarte acerca de si existe alguna ordenanza que se haya ocupado de esta cuestión y, en caso afirmativo, enterarte de todo su contenido.

¿Qué es obligatorio para conducir en patinete eléctrico?

Dicho todo esto, y antes de lanzarnos a la compra de un patinete eléctrico en España, hay que hacer un poco más los deberes y saber exactamente qué dispone la ordenanza de nuestra ciudad.

Lo cierto es que la mayoría de ellas ya se pusieron a la tarea de regular esta materia antes de que lo hiciera la propia DGT. 

Casi todas ellas coinciden en lo principal y prácticamente no existen diferencias entre ellas. Estas son las normativas principales:

  • Un mínimo de edad que oscila entre los 15 y los 16 años, pero incluso es posible que se permita a los menores de 14 conducir un patinete. Así sucede en el caso de Pamplona que regula la materia desde 2019.
  • Obligatoriedad de llevar casco.
  • Si el patinete está destinado al alquiler, es preciso que cuente con un seguro de responsabilidad civil.
  • Los patinetes deben aparcarse en las zonas habilitadas para ello. Normalmente en el área destinada a las bicicletas.
  • En algunos municipios de España puede ser obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil para poder circular por sus calles.

El elevado volumen de siniestros en los que aparece involucrado un patinete eléctrico ha crecido en los últimos años. Por este motivo, diferentes organismos reclaman a la DGT que tome cartas en el asunto con  la obligatoriedad de un seguro que ya podría estar tomando forma, pero que no entraría en vigor hasta al menos el año 2024.

Lo cierto es que aunque la DGT todavía no lo exige, sí que recomienda su contratación a los usuarios de patinetes, además del empleo del casco.

Entonces, ¿Es obligatorio un seguro de patinete eléctrico en España?

En la mayoría de ciudades de España todavía no es necesario, y a nivel nacional no se ha implementado. No obstante, la DGT se ha pronunciado en numerosas ocasiones en favor de la obligatoriedad de contar con un seguro. La normativa que entró en vigor en el año 2020 es el primer paso en esa dirección. No se exige legalmente, aunque sí que es cierto que algunos ayuntamientos ya han dado decididos pasos en este sentido y obligan a su contratación.

Conoce en qué ciudades españolas es obligatorio tener seguro de patinete (Actualizado a 2023)

  • Valencia.
  • Barcelona.
  • Benidorm.
  • Mahón.
  • Palencia.
  • Pozuelo de Alarcón (Madrid).
  • Majadahonda (Madrid).
  • Córdoba.

Presumiblemente nuevas ciudades se irán sumando a esta exigencia en los próximos años, pues cada vez es una práctica más extendida dada la tranquilidad que ofrece tanto a los conductores de patinetes como al resto de usuarios de la vía. Incluso es posible que la propia DGT lo exija en todas las localidades más adelante. Algunos expertos sugieren que ya está barajando una medida así.

Chico con media melena y gafas de sol con un patinete electrico
Contratar un seguro de patinete eléctrico te protegerá ante cualquier accidente

Sin duda, contratar un seguro de patinete eléctrico, ya sea en Cleverea o en cualquier otra compañía, es una opción muy recomendable. Los riesgos asociados a la conducción de este tipo de vehículos son evidentes y los accidentes muy frecuentes, ya sea para el conductor, como para los peatones o cualquier otro vehículo.

Por poner una referencia, en los últimos 3 años los accidentes en los que se ha visto implicado un patinete han causado más de 1.300 víctimas, algunas de ellas mortales. La mitad de estos percances han sido con colisiones con otros vehículos, además de caídas a la vía. En el último año, más de la mitad de las contrataciones de este tipo de seguro fue a raíz de no contar con uno y haber tenido un accidente.

Sin duda, este tipo de seguros otorgan tranquilidad a los conductores, además de ayudarles cuando más lo necesitan. Así, para el titular de la póliza es una manera sencilla y cómoda de contar con la adecuada cobertura en caso de accidentes o daños materiales y personales que hayan ocasionado a terceros durante su uso.

A esto se suman las siguientes coberturas: 

  • Asistencia jurídica.
  • Cobertura ante robos o infracciones administrativas cometidas durante el desplazamiento.
  • Responsabilidad civil.
  • Accidentes del conductor.
  • Daños al vehículo.
  • Robo.

Por todo ello, cada vez encontramos más aseguradoras que ofrecen pólizas para patinetes eléctricos. Los precios para esta clase de pólizas oscilan entre los 15 y 80 euros anuales dependiendo de las coberturas contratadas, tipo del vehículo y edad del usuario. Normalmente su pago tiene un carácter anual y, sin duda, son perfectos para salir al paso de las necesidades que plantean las MVP.

Si tú tampoco quieres dejar tu seguridad a la suerte y quieres contratar un seguro de patinete, entra en nuestra web y echa un vistazo a todo lo que te podemos ofrecer. Calcula tu precio sin compromiso. Tardarás menos de 2 minutos.

Fuentes consultadas:

DGT España

Real decreto 970/2020

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