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Seguros de hipoteca: ¿son obligatorios?

Rodrigo Lázaro
29/8/2023

Al contratar una hipoteca nos surgen irremediablemente infinidad de preguntas. Una de ellas tiene que ver con los seguros de hipoteca y sin son obligatorios. Presta atención a este artículo y conoce tus obligaciones →

Es habitual que las entidades que ofrecen hipotecas también ofrezcan la contratación de una póliza de vida. Pero ¿sabías que la ley no te obliga a su suscripción? Aunque es cierto que la mayoría de las entidades financieras lo consideran como un requisito para la concesión del préstamo, has de saber que no tienes obligación de hacerlo. 

Sigue leyendo, conoce el por qué y resulte tus dudas.

¿Cuál es la finalidad del seguro de vida?

El propósito de estos seguros es cubrir a los titulares del préstamo hipotecario en caso de fallecimiento o en el supuesto de acabar sufriendo una incapacidad permanente total que le impida trabajar y, por lo tanto, seguir percibiendo ingresos. De esta manera, el seguro de vida se encargará de abonar la cantidad que reste por pagar de  la hipoteca.

¿Qué tipo de seguro podemos contratar?

Dependiendo del pago escogido, podemos hablar de diferentes modalidades de seguro de vida vinculado a un crédito hipotecario:

  • Pago de capital constante: se paga la misma cantidad a lo largo de toda la vida del préstamo hipotecario.
  • Pago en función del capital pendiente: la prima del seguro de vida se va reduciendo progresivamente con la amortización del préstamo hipotecario. 
  • Pago de una prima única: se efectúa el pago total del coste del seguro de vida de la hipoteca en el momento inicial.

¿Qué dice la ley al respecto?

Lo que debe quedar más que claro es que nadie nos puede obligar a suscribir un seguro vinculado a la hipoteca y será potestad nuestra hacerlo o rechazar tal posibilidad. En este sentido, conviene destacar la entrada en vigor de la Ley Hipotecaria, en 2019, en la que se recoge la prohibición de que los bancos condicionen el acceso a un préstamo hipotecario a la contratación de una póliza.

Condiciones más ventajosas si contratas un seguro

Sí que es cierto que para incentivar la contratación de un seguro de vida y que aceptemos un producto así, las entidades suelen ofrecer unas condiciones más ventajosas en la hipoteca, como un descuento en el tipo de interés, pero es posible que, si analizas bien las condiciones, no salga a cuenta dar el paso. 

Es conveniente consultar cualquier duda al notario, sobre todo si no estás 100% seguro de lo que estás firmando. 

¿Qué debe tener un buen seguro de vida?

A la hora de escoger una póliza de vida, con independencia de que sea o no un producto ofrecido por el banco y vinculado a una hipoteca, debemos asegurarnos de que este producto reúne una serie de condiciones. En concreto, nos referimos a las que siguen:

  • Cuenta con un precio máximo que podemos conocer previamente.
  • Dispone de amplias garantías.
  • Nos permite ajustar el capital asegurado. Recuerda que conforme pase el tiempo, tendrás que ir amortizando el préstamo y podrías ahorrar en el seguro o al menos contrarrestar las inevitables subidas de la prima por el solo hecho de ir haciéndonos mayores.

¿De qué depende el mayor o el menor precio de la prima del seguro?

Al calcular el precio del seguro de vida, las entidades suelen fijarse en varios aspectos como los que siguen: 

  • Capital de préstamo solicitado.
  • Edad.
  • Plazo.
  • Salud.
  • La profesión, ya que algunas se consideran de riesgo y, por lo tanto, elevarían la prima. 
  • Los deportes que se practican, con especial atención a los que pueden entrañar un peligro para la vida del titular de la póliza.

¿Qué pasa si ya lo has contratado?

Si consideras que el seguro de vida de la hipoteca es abusivo lo puedes cancelar, no hay problema si ya lo has suscrito, pero cambias de opinión pasado un tiempo. Por lo tanto, lo podrás dar de baja si ya ha transcurrido el año de duración del contrato y avisas por escrito con un mes de antelación a la fecha de vencimiento.

Recuerda que deberás enviar una solicitud, ya sea por correo certificado, electrónico, burofax o en persona en la que se informas de tu intención de no renovar la póliza. Además, es necesario hacer constar lo siguiente:

  • Datos personales: nombre, apellidos y DNI.
  • Número de la póliza.
  • Fecha de la solicitud de baja del seguro.

En cualquier caso, antes te recomendamos asegurarte de que el seguro de vida no tenga permanencia, así como leer bien las condiciones antes de firmar. Es aconsejable acudir a un asesor especializado en seguros para que nos ayude a tomar la mejor decisión posible.

También es posible que quieras cancelar el seguro de vida debido a un cambio en las condiciones que no te resultan del todo satisfactorias. La compañía está obligada a comunicar esta alteración al menos 2 meses de antelación antes de su renovación y pago.

Si tienes más dudas te dejamos algunas de las preguntas más consultadas para que las revises:

▷ ¿Para qué sirve un seguro de vida vinculado a la hipoteca?

Una póliza de vida vinculada una hipoteca tiene como propósito cubrir a los titulares del préstamo hipotecario en caso de fallecimiento o en el supuesto de acabar sufriendo una incapacidad permanente total que le impida trabajar y, por lo tanto, seguir percibiendo ingresos

▷ ¿Qué riesgos corro si no tengo seguro de vida en mi hipoteca?

En caso de fallecer el titular o titulares de la hipoteca, los herederos recibirán su parte correspondiente de la deuda hipotecaria y deberán pagarla en caso de aceptación de la herencia. Si hubiera existido un seguro de vida, esto no sucedería dado que la compañía se encargaría de pagar el resto.

▷ ¿Cómo averiguar si existe un seguro de vida vinculado a una hipoteca?

Para saber si existe esta póliza podemos revisar la escritura de la hipoteca y sus anexos o buscar los recibos del pago de las primas del seguro. También es posible su consulta en el Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento del Ministerio de Justicia.

▷ ¿Qué casos no cubre el seguro de vida?

El seguro de vida no cubre todos los casos de fallecimiento. Así, existen ciertas situaciones en las que la compañía aseguradora no cubrirá nada: 

  • Muerte por suicido.
  • La muerte provocada con dolo por el beneficiario de la póliza. 
  • Actos delictivos del asegurado. 
  • Fallecimiento por enfermedades que ya existieran previamente a la firma de la póliza y que no se hubieran comunicado.

▷ ¿El seguro de vida se puede desgravar?

En caso de tener una póliza de vida no olvides que puedes desgravar este producto en tu declaración de la renta. Recuerda que también puedes desgravar tu seguro de hogar, conoce toda la información en nuestro artículo.

▷ ¿Es obligatorio contratar el seguro de vida con la misma entidad que la hipoteca?

No es obligatorio según recoge la Ley Hipotecaria, pero puede resultar ventajoso si nos ofrecen mejores condiciones o descuentos.

▷ ¿Cuánto tiempo es obligatorio disponer de un seguro de vida?

Dado que no es obligatorio contratar un seguro de vida con la hipoteca, tampoco se exige ningún período de suscripción.

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